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Año: 1953, Fallos: 227:145 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
AÑO 1953 — NovIEMBRE
LUIS RUDECINDO BROGGI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso, Fimdamento, Procede el recurso extraordinario interpuesto en un eserito que contiene las enunciaciones necesarias para deter minar la cuestión federal en que se funda —inconstitucioA nalidad de los arts. 24 y 25 de la ley 14.159— y formar eriterio sobre la procedencia de aquél.

PROVINCIAS,
Si bien las provincias pueden darse sus propias institucio- , nes locales y legislar sobre procedimientos, ello es sin per- .

Juicio de Jet: deposiciones que diste. Congreto, cuendo .

considere del caso prescribir forma especiales para el ejercicio de determinados derechos establecidos en los códigos fundamentales que le incumbe dictar, CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e jm °-fitucio ualidad. Leyes nacionales. Comunes, Los arts, 24, ines. e) y d), y 25 de la ley 14.19 han sido dictados en ejercicio de facultades que corresponden al Congreso Nacional y, por lo tanto, no son violatorios de los —.

arts. 68, ine. 11, y 97 de la Constitución Nacional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Retsción directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales, Los arte. 65, ine, 11, y 97 de la Constitución Nacional eare- :

een de relación direcía con ta euestión rercrente.a de null ; cación inmediata de las disposiciones del art, 24 de la ley | 14.159 dispuesta por el art. 25 de la misma.

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:145 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-227/pagina-145

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