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Año: 1953, Fallos: 227:744 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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7 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA

ENRIQUE RODRIGUEZ
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA : Principios generales.

Puede devolver sin te rinne a juez de la causa los atitos de hábeas corpus elevados a la Corte Suprema —que son ajenos a su jurisdieción originaria— y en que no se Na iemeto ni concedido recurso alguno para ante el T: , Ni existe conflicto entre jueces en los términos del art. 24, inv. 8", de la ley 13.998 (1),
GERVASIO DEL CARMEN BARROS Y OTRO
IDUANA: Infracciones. Contrabando, Conforme a los arts. 1, 2 y 14 de la ley 14.129, la tenencia de efectos que la prueba establezca provenir o ser destinados a contrabando. no es acto preparatorio no punible, sino por el contrario determinante por sí misma del delito.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Resquisitos propi, Cuestimes no federales. Erclusión de las enestimes de hecho, Varios.

La determinación de la promdenci 9 destino de los efertos enyo destino motiva la imputación de contrabando, es ajena al recurso extraordinario,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de diciembre de 1953, Vistos los antos: °°Barros, Gervasio del Carmen y Barros, Luis s.7 contrabando", en los que a fs. 88 se ha concedido el recurso extraordinario, | Considerando :

Que la sentencia de fs. 83 condena a Gervasio del Carmen Barros y a Luis Barros, como autores confe1) 21 de diciembre,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:744 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-227/pagina-744

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