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Año: 1954, Fallos: 228:640 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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recurso la sentencia de fs. 136. Las costas de esta instancia se pagarán en el orden enusado en razón del resultado del recurso interpuesto por la demandada, Roporro G. VaLenzvELa — ToMás D. Casares — Fetire SanTIAGO Pénez — Aritio Pessacno,
ENZO PABLO PELLACANT
EXTRADICION: Extradición con paises extranjeros, Generalidades.

Es improcedente la extradición de un extranjero condenado a prisión en rebeldía, como autor del delito de robo por los tribunales italianos, cuyas leyes no le acuerdan a posibilidad de un nuevo juzgamiento con la intervención personal del interesado (°).

REMIGIO BUSOLA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leues federales, Procede el recurso extraordinario fundado en la interpretación del deereto del 19 de diciembre de 1931, reglamentario de la ley 346,
CIUDADANIA Y NATURALIZACION.
Dado el sentido del deereto de fecha 19 de diciembre de 1931, reglamentario de la ley 346, determinado por la jurisprudencia de la Corte Suprema, y la calidad del delito de contrabando, procede confirmar la sentencia que 1) 13 de mayo, Fallos: 217, 340.

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:640 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-228/pagina-640

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