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Año: 1956, Fallos: 234:767 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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NELLY HERMINIA DALTO Y OTRO v. DIMITAR IVANOV
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Competencia originaria de la Corte Suprema, Agentes diplomáticos y consulares. Embajadores y ministros extranjeros. .

Corresponde remitir las actuaciones al juzgado nacional en lo penal correecional para que continúe la instrucción del sumario por lesiones producidas en un accidente de tránsito ocurrido entre dos vehículos, uno de los cuales pertenece a un diplomático, cuando en el hecho que se investiga es desconocida la Meta del amor, nio perfuicia de la Auterior attvación de los autos a de Corte al Eo averiguaciones a practicarse, surgiere la responsabil de una persona aforada al efecto (°).


ELDA ADA CANTALUPPI DE GIRARDI y. MUNICIPA.

LIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos.

La aplicación e interpretación de la ley de perención de instancia, con arreglo a las modalidades de la causa, es cuestión procesal y de hecho, ajena a la jurisdicción extraordinaria de la Corte Suprema (2).


PATRICIO GOMEZ SARAVIA v, SELMINI DE NUÑEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Forma.

El planteamiento del caso federal en previsión de una eventual confirmación de resolución recurrida, no mu] interposición válida del recurso extraordinario, introducción de la cuestión federal en el juicio > la interposición del recurso del art. 14 de la ley 48, son trámites la) 28 de mozo:

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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:767 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-234/pagina-767

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