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Año: 1883, Fallos: 25:229 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Satisfechas las costas de esta instancia y repuestos los sellos devuélvase. Notifíquese con el original.

J. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. — ULADISLAO FRIAS. — 5. M. LASPIUR. — M. D. PIZARRO. (En disidencia).

DISIDENCIA
Vistos estos autos seguidos en representacion del Doctor Don Samuel Molina, contra el General Don Octaviano Navarro sobre reivindicacion de las propiedades de Viscochan, Pisc.yaco y Pozo del Ciénego en la estancia de Singuil, del antiguo Mayorazgo de Guazan.

Resulta: Que desvinculada esta estancia y autorizada su enagenacion por ley de la Legislatura de Catamarca, fué comprada en sociedad por el señor Don Samuel Molina, padre del demandante, y por los hermanos General Don Octaviano y Doctor Don Manuel J. Navarro, en dos lotes ó porciones contíguas. .

Que convenida mas tarde la division de ella, se acordó su deslinde para la determinacion é individualizacion de los respectivos lotes, segun los títulos y escrituras de la compra de cada uno, con las modificaciones de superficie que espresan la transaccion de fojas... y convenios posteriores de los interc— sados, ú fojas...

Que solicitado el deslinde por la parte de Navarro ante la Jurisdiccion provincial de Catamarca, la de Molina dedujo ante la justicia nacional la reivindicacion de los mencionados campos de Viscochan, Piscoyaco y Pozo del Ciénego, como comprendidos en el lote ó porcion de la estancia de Singuil adjudicada 4 su finado padre por aquella transaccion ; T. XVI 16

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Año: 1883, CSJN Fallos: 25:229 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-25/pagina-229

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