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Año: 1962, Fallos: 253:191 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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HABERES DEL PODER JUDICIAL. AUTONOMIA FINANCIERA
En Buenos Aires, a los 17 días del mes de julio del año 1962, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Benjamín Villegas Basavilbaso, y los Señores Jueces Doctores Don Aristóbulo D. Aráoz de Lamadrid, Don Julio Oyhanarte, Don Pedro Aberastury, Don Ricardo Colombres y Don Esteban Inuz, Comsideraron:

Que ls medido yn adoptados por et Corte con metivo del atraco eel pago de las remaneraciones al Poder Judicial, es pertinente nñadir las necesarias para la más rápido normalización total de dichos pagos.

Que respecto de la iniciativa atinente a la autonomía financiera del Poder Judicial, corresponde disponer lo necesario para su adecuado estudio y oportna Que el anuncio de medidas de fuerza, coloca a esta Corte en la necesidad de recordar a los interesados que la naturaleza de las funciones que los tribunales desempeñan hace impropio recurrir a actitudes que puedan conducir a dificultarlas o a impedirlas. La situación que de tal manera puede ervarse reviste gravedad tal que hace imprevisibles sus eventuales comecuencias.

Resolvieron:

a) Encomendar al Señor Presidente, requiera del Poder Ejerativo la adopción de las medidas necesarias para normalizar a la brevedad el pago completo y regular de los haberes judicinles; b) Respecto de la iniciativa relativa a la autonomía financiera del Poder Judicial, soliritar —como medida previa— informe del Poder Ejeentico por intermedio del Ministerio de Educación y Justicia, sobre las posibilidades y forma de hacerla efectiva; e) Eshortar a que se deponga las actitudes de fuerza anunciadas, en atención a los superiores intereses de la República.

Todo lo enal dispusieron y mandaron, ordenando «e comunivave y registras en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — Bexsawix Viriscas Basaviiasso — Ansróscio D. Aríoz me Lawn — Jrrio Ormaxarr: — Primo Anciwreer — Ricamo Coroumnes — Estrñas Iuaz. — Jorge Arturo Peró "(Seeretario).


PERSONAL JUDICIAL. REITERASE LA EXHORTACION PARA EL

NORMAL CUMPLIMIENTO DE SUS TAREAS
En Buenos Aires, a los 21 días del mes de julio del año 1962, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal ei Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Benjamín Villegas Basavilbaso, y los Señores

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Año: 1962, CSJN Fallos: 253:191 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-253/pagina-191

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