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Año: 1962, Fallos: 254:395 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE.LA NACIÓN 395 E:
Que esta Corte estima pertinente —con carácter excepcional— acceder a lo 1 solicitado, como también la aclaración para lo sueesivo, de las normas que rigen al respecto en los tribunales.

Resolvieron : | 1°) Disponer que no se compute el día 24 del corriente mes de diciembre para los términos procesales, sin perjuicio de la validez de los trámites cumplidos.

2) Establecer: a) que con arreglo a las normas vigentes (arts. 2 y 37 del Reglamento para la Justicia Nacional) la declaración de asueto por el Poder Ejecutivo no alcanza a los tribunales nacionales; h) que el asueto para dichos tribunales debe ser formalmente acordado por la Corte Suprema 0, en su caso, por las Cámaras Federales de Apelaciones con asiento en el interior; e) que la ] sola declaración de asueto no inhabilita el día.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — BExJAMÉS VILLEGAS BasaVILBASO — ArISTÓnULO D. Aríoz DE Lamanrm — Luis María Borrr Bócorno — PEDRO AnerastURY — Estenas Imaz — José F. Bivar, — Jorge Arturo Peró Secretario).

CONMEMORACION DEL CENTENARIO DE LA INSTALACION DE LA
CORTE SUPREMA Y DEL JURAMENTO DE LOS MAGISTRADOS QUE

LA INTEGRARON POR PRIMERA VEZ
En Buenos Aires, a los 31 días del mes de diciembre del año 1962, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Benjamín Villegas Basavilbaso, y los Señores Jueces Doctores Don Aristóbulo D. Aráoz de Lamadrid, Don Luis María Boffi Boggero, Don Pedro Aberastury, Don Esteban Imaz y Don José F. Bidau, Consideraron : 4 Que, sin perjuicio de los actos que oportunamente se dispondrán para la celebración del centenario del funcionamiento efectivo de la Justicia Federal en la fecha al efecto establecida en la Acordada de 5 de octubre último (15 de este de 0 ene S— el centenario de In instalación de la Corte Suprema y juramento de los strados que la integraron por primera vez, doctores don Francisco de las Carreras, don Salvador María el Carril, don Francisco Delgado, don José Barros Pazos y don Francisco Pico, hechos que tuvieron lugar el 15 de enero de 1863 y cuya trascendencia ya he sido destacada en la Acordada referida.

Resolvieron: ; Disponer que el Palacio de Justicia sea embanderado e iluminado el día 15 del entrante mes de enero. e Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenan se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — Beaux ViLeoas BasaVILBASO — ARIstóBULO D. Aríoz or: LAMADRID — Luis María Borrr Boocrro — PEDRO ABERASTURY — Estenan Imaz — José F. Binav. — Jorge Arturo Peró Secretario).

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Año: 1962, CSJN Fallos: 254:395 
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