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Año: 1963, Fallos: 255:412 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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11. Cuerpo médico forense. Designación de ofieial principal de cuarta (doctor en químien o bioquímien) : p. 179.

12. Vigencia de la Acordada de fecha 25 de julio de 1962. Haberes del personal judicial: Resularización de su pago: p- 279.

13. Personal judicial. Intimación y advertencia, Apercibimiento al personal faltante de la oficina de mandamientos y notificaciones: p. 279.

14. Personal judicial, Levantamiento de las sanciones aplicadas: p. 280.

15. Suspensión del enrso de los términos desde el día 15 hasta el 23, inclusive, de mayo, en los tribanales de la Capital Federal: p. 252.

y ACTOS ADMINISTRATIVOS ('). :

Loba estabilidad de los netos administrativos, que impido =u revocación por obra del propio órgano que los expidió, rige respecto de las decisiones dictadas en materia reglada y de manera reemlar: py 231.

2 Actos regulares son zquellos que eumplen los requisitos externos de validez, vale decir forma y eompeteneia, y además no incurren en error SAVE de derecho, que Jinda con ta incompetencia, en la medida que supera lo meremente opinible encuanto a la interpretación de las normas Jezales que rigen el enso: DE 21.


ACTOS DE SERVICIO.
Ver: Jubilación de empleados ferroviarios, 1: Jurisdieción y competencia, 38, 39.

ACTOS JURIDICOS.
Ver: Constitución nacional, 15.

ACTOS PUBLICOS.
Ver: Corte «uprent, 1.

ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS.
Ver: Impuesto a los réditos, 2: Prueba, 15 Recurso extraordinario, 4, 5. 24, 155.


ACUMULACION DE ACCIONES.
Ver: Recurso extraordinario. 114.


ADMINISTRACION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS.
Ver: Policía de vinos. 1. ho

ADMINISTRACION PUBLICA.
Ver: Estatuto del personal eivil ate ta neeión 1.

ADUANA ().
Infracciones.

Contrabando.

1 Con arrezto al art. 14 de la ley 14.120, procede lo insteneción de «umario adminitrativo-polícial =i, admitie ndo el mensado haber introducido piedras prever también: Constitución: naciona". 8, 113 Hevurn ririerinario. 1 LS Ver raminón: Impactos Internos, 57 Jurisdicción y competencia, %: Teyes aduaneras, 15 Necurso ordinario de apelación, 2.

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Año: 1963, CSJN Fallos: 255:412 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-255/pagina-412

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