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Año: 1965, Fallos: 262:396 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RAMON DOALLO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Cansas penales.

Casos varios.

Con arreglo a lo dispuesto en el art, 7 del deereto-ley 0600/03, corresponde en "justicia nacional en lo eriminal y correecional federal, y mo a la jur licia en lo penal económico, conocer de la tentativa de contrabando come:

tida con anterioridad a la vigencia del mencionado deereto-ley 0600/03, sin que a ello obste que el juzgado federal haya sobremcído por la tentetir de hurto que también se investigaba en la misma causa.

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENEBAL SuustIituTO Suprema Corte:

El hecho origen de estas actuaciones configura tentativa de hurto y tentativa de contrabando (art. 187 de la Ley de Aduana, T. O. 1962), y la circunstancia de que el señor Juez Nacional de Primera instancia en lo Criminal y Correccional Federal n° 2 de la Capital Federal hubiera sólo considerado el primero de dichos encuadramientos hasta la fecha de promulgación del decreto-ley 6660/63, no es óbice para que también le corresponda el juzgamiento de la tentativa de contrabando, ínsita en la misma causa, de conformidad con lo dispuesto por el art. 7 del citado decreto-ley.

En tal sentido corresponde, en mi opinión, dirimir la presente contienda de competencia. Buenos Aires, 8 de junio de 1965.

Eduardo H. Marquardt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de agosto de 1965.

Autos y vistos; considerando:

Que el delite de tentativa de contrabando, en caso de existir, se habría cometido con anterioridad a la vigencia del deeretoley 6660/63. Habiéndose instruido sumario, oportunamente, ante el Juzgado Federal de la Capital, que resolvió sobreseer por tentativa de hurto, corresponde al mismo tribunal decidir lo referente al contrabando, por apliención de lo dispuesto en el art. 7 del decreto-ley 6660/63.

Por ello, y lo dictaminado por el Sr. Procurador General substituto, se declara que el Sr. Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal es el competente para conocer de esta

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:396 
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