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Año: 1973, Fallos: 287:42 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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que esta última sea tenida en cuenta en el legajo del Juez Dr. Eduardo A. Coghlan, 3") Remitir copía de la presente resolución a la H, Cámara de DipuMicver, Ancer, Bencarrz — Acustís Díaz BiaLer — ManueL Anauz Castex — Ensesto A. ConvarÁN NANCLARES — HúcTon Masnarra
MARIA ISABEL, CAHBALLO y Orm y. NACION ARGENTINA
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y emrantías, Igualdad.

La discriminación que efectuó el decreto 7673/55, al negar al personal femenino de la Prefectura Nacional Marítima la opción que sí acordó al masculino para mantener el estado policial, carcee de base razonable que la sustente y resulta violatoria de la igualdad.


DICTAMEN DE, ProcuRADOR GENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario es procedente pues en el caso se halla en tela de juicio la validez constitucional del decreto 7673/55, En cuanto al fondo del asunto, la Nación se halla representada por apoderado especial, que ya ha sido notificado de la providencia de autos (Is, 132). Buenos Aires, 16 de diciembre de 1971, Eduardo H.

Marquarilt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de octubre de 1973.

Wistos-los autos: "Carballo, María Isabel y otros €/ Nación Argentina (Prefectura Nacional Marítima) s/ cont. adm".

Considerando:

1") Que a fs, 115/117 la Sala en lo Contenciosoadministrativo n" 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal confirmó la senten

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:42 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-287/pagina-42

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