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Año: 1975, Fallos: 293:9 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Consideraron:

Que los Secretarios Letrados y los Sulsecretarios de la Corte Suprema tienen la misma jerarquía presupuestaria, entendiendo el Tribunal, por ende, que debe asigmárseles igual tratamiento y denominación a todos los efectos legales.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a la unificación de las categorías mencionadas.

Acordaron:

1) En ejercicio de las facultades establecidas por el articulo 23 del decreto ley 17.928/08, transformar once (11) cargos de Subsceretarios en otros tantos de Sacretario Letrado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación 2) Los actuales Subsecretarios del Tribamal, Doctores: Don Enrique Alberto Antonini, Don Jorge Eduardo Barral, Don Arístides Horacio María Corti, Don Hugo Raúl Galmarini, Don Jorge Alberto Giardulli, Don Carlos Omar Gómez, Don César Carlos Minoprio, Don Alejandro Cayetano Molina, Don Reynaldo Carlos Pérez Urhizú, Don Eduardo Rafael Riggi y Don José María Solá y Paz, cuyos cargos se trandorman en el punto anterior, revistarán en lo smeesivo como Secretarios Letrados de esta Corte, Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registras: en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Micusr. Ancer Bencarrz — AcusTi" Díaz Burer — Mécron Massatra — Hicanvo Lavexe (11) — Pano A, Rameria. Carlos María Bravo (Secretario).


HONORES ACORDADOS CON MOTIVO DEL FALLECIMIENTO DEL EX

PROCURADOR GENERAL DE LA NACION, DUCTOR DUN EDUARDO
H. MARQUARDT
—N" 30 En Buenos Aires, a los 15 días del mes de octubre del año 1975, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el Señor Presidente de la Corte Suprema de Jus ticia de la Nación, Doctor Don Miguel Angel Bercaitz y los Señores Jueces, Doctores Don Agustín Díaz Bialet, Don Héctor Masnatto, Don Ricardo Levene (h) y Don Pahlo A. Ramella.

Consideraron : .

Que en el día de ayer ha ocurrido el emsible fallecimiento del Doctor Don Eduardo 1. Marguardt, ex Procurador General de la Nación, Que es deber del Tribunal asociare al duelo que provoca la desaparición del distinguido ex magistrado.

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:9 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-293/pagina-9

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