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Año: 1886, Fallos: 30:406 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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apelado de foja diez y ocho vuelta; y devuélvanse prévia reposicion de sellos.

J.B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. —
ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO IBAR-

GÚREN — C. 5. DE LA TORRE.
————];

CAUNA CXVIT
Doña Petrona Moreño de Gomez contra Doña Andrea Gomez de Filomeno, por nulidad de actos jurídicos ; sobre competencia.

Sumario. — La mujer casada, mientras permanesca íntegro el matrimonio, no tiene otro domicilio ni otra nacionalidad que que la desu marido.

Caso. — La Sra. D' Petrona M. de Gomez, argentina, demandó por la nulidad de un acto de dacion en pago á su hija D° Andrea Gomez casada con D. José Filomeno, de nacionalidad chilena.

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:406 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-30/pagina-406

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