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Año: 1979, Fallos: 301:478 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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478 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA SOCIEDAD COOPERATIVA AGROPECUARIA nr BICAND Lyn.


Y. PROVINCIA ve SANTA FE
1 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos proptos. Resolución contraría.

Es improcedente el recurso extraordinario en el caso en que la sentencia impugnada declaró la invalidez de la ley provincial por ser contraria a la Constitución Nacional, ya que no encuadra en los supuestos contemplados por el art. 14 de la ley 48 (1),
UMBERTO OLIVERA PERDICON
SUPERINTENDENCIA.

E Si bien el art. 2, inc. b), de la Resolución 799/74 de la Corte Suprema alude al "cometido profesional", no se ve inconveniente en que, para casor particulares se autorice al presentate —escribano uruguayo cuyo título de Doctor en Notariado no le permite el ejercicio de la profesión en violación de lo dispuesto por la ley 12990 a consultar los expedientes que se hallan en archivo cuando, actuando como referencista para realizar estudios de títulos, acredite por orden de qué escribano va a realizar la escritura y acompañe la debida autorización (2).


JULIAN FERRAGUT y OTRO v, RODOLFO ANTONIO FREMERY y OTRO
IURISPICCION Y COMPETENCIA: Sucesión. Fucro de atracción.

La umversalidad del juicio atrae Las causas en que el sucesorio 0 el cansante es parte demandada, de modo que el fuero de atracción dispuesto por el art. 3284 del Código Civil funciona sólo pasivamente (5), ) 12 de punio. Fallos: 189:308 .

5) 13 de junio, 1) Hide junio. Fallos: 253:195 ,

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:478 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-301/pagina-478

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