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Año: 1979, Fallos: 301:958 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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NESTOR RODOLEG-SIONDINO yv. JUAN CARLOS TROSOLINO
LEY: Interpretación y aplicación.

No es admisible una interpretación que equivalga a prescindir del texto tegal. si no media debate y declaración de inconstitucionalidad, pues Li exégesis de La norma, aun con el a de adecuación a principios y gara tias constitucionales, debe pricticare sín violición de si letra o de su espuriti (1), RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no fedemles. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurvo, Dejectos de fundamentación legal.

Corresponde dejar sin efecto La sentencia que —al admitir la procedencia del reclamo indemnizatorio por violación del fuero simtical— omitió aplicar el art. 14, inc. b, del decreto 1045/74 —reglamentario de la ley 20,615 según el cual los candidatos a delegados gremiales deben acreditar una antiguedad de un año en La empresa para poder ser desgnados en el cuo —lo que no ocurría en el caso, pues el actor había ingresado en la empresa en octubre y la elección se realizó al mes siguiente,
ELDA ESTER VIVIANI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes, Gravamen.

Curresponde dectarar inoficioso un pronunciamiento fudicial respecto del habeas corpus enel que se persimío el cese del arresto a disposición del Poder Ejecutivo, si dicho arresto quedó sin efecto en virtud de mn decreto posterior (2).

5) 25 de octubre, Causa "Caja Nacional de Previsión para el Personal de la Industria, Comercio y Actividades Cvíles e/Tribuna 5.A.C.1.6 S/ejecución Fiscal" del 24 de julio de 1979.

7) 25 de octubre,

UU

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:958 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-301/pagina-958

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