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Año: 1983, Fallos: 305:1084 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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OBRA SOCIAL vr EJECUTIVOS y ver. PERSONAL De DIRECCION
DE EMPRESAS v. PLASTICA MAGNANO S.A.LC.F.L JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra. Fuero de atracción.

Es aplicable al caso —en que se reclama por el cobro de aportes y contribuciones por parte de una obra social— la norma del art. 136 de la ley 19551, que regula lo relativo 1? fuero de atracción como forma de hacer efectiva la competencia universal del juez de la quiebra, que es de orden púbico e irrenunciable (1), JUAN CARLOS TERUEL v, MANUEL TIENDA LEON SA.C.LF.LA.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias, Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que —al establecer la indemnización de' art. 245 del Régimen de Contrato de Trabajo (t.o.)— no explicó la incidencia que las pautas de corrección pudieron tener sobre los ingresos brutos que surgen de' informe del perito, 'o que impide desentrañar el criterio con el cua" sentó sus conclusiones. A ello no obsta la invocación del art. 56 del mencionado cuerpo legal, pues la facultad de S» fijar el monto de las remuneraciones que dicho precepto acuerda a "os jueces está sujeta a que la misma se efectúe por decisión fundada y tal condición no se cumplió en el caso (?).


AFISA Cía. FINANCIERA S.A. v. BANCO CENTRAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Medidas precautorias.

Es improcedente —por no cump'ir con el requisito de sentencia definitiva— el recurso extraordinario deducido contra la decisión que hizo lugar 1) 16 de agosto.

2) 16 de agosto. Fallos: 277:43 ; 281:230 ; 303:1140 .

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:1084 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-305/pagina-1084

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