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Año: 1983, Fallos: 305:13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Aporro R. Gamer: — AneranDo F. Rossi — ELías P. Guastavixo — CAntos A. REnoM. Jorge Eduardo Barral (Secretario)
SUBSECRETARIA DE MATRICULA. PUBLICACION
DE LA ACORDADA 33/82 —No 10— En Buenos Aires, a los 28 días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y tres, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Adolfo R. Gabrielli y los señores Jueces doctores dón Abelardo F. Rossi " don Elías P. Guastavino, Consideraron:

Que por Acordada Ne 33/82 este Tribunal amplió el término establecido mediante Acordada No 31/81, concediendo una prórroga a los abogados matriculados que no babían gestionado la actualización de su inscripción de conformidad con las prescripciones de la Ley No 22.192, Que en tal forma se advirtió que no se dispondrán más prórrogas, y que las matriculas anteriores perderán su vigencia debiendo exigir los Tribunales Nacionales y Federales la reinscripción de acuerdo con la ley citada, a partir del 4 de abril de este año.

Que no obstante haber sido debidamente comunicadas las medidas adoptadas a los Tribunales con competencia para tramitar 'as matriculaciones, a fin de lograr el máximo conocimiento de lo dispuesto, se estima prudente ordenar la publicación de la Acordada No 33/82 y de la presente en el Boletín Oficial.

Por e'lo, acordaron:

Ordenar la publicación de la Acordada N" 33/82 y la presente en el Boletín Oficial.

Toto lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Aporro R. GABneLLt — AneranDo F. Rosst — Etías P. GUasTAvino. Jorge Eduardo Barral (Secretario).

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:13 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-305/pagina-13

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