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Año: 1991, Fallos: 314:1888 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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PROSPERO VICTOR CONSOLI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales. .

Los jueces no están obligados a ponderar una por una todas las probanzas agregadas, sino solo aquellas que estimen conducentes para fundar sus conclusiones.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La tacha de arbitrariedad no tiene por objeto corregir en una nueva instancia pronunciamientos equivocados o que sereputen tales, puessólo comprende desaciertos u omisiones de gravedad extrema. .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

Por vía de la doctrina de la arbitrariedad se tiende a resguardar las garantías de la defensa en juicio y el debido proceso exigiendo que las sentencias sean fundadas y constituyan derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias de la causa.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que condenó por el delito de administración fraudulenta, afirmando dogmáticamente la existencia de pruebas que no hallan respaldo e-.:las constancias de la causa, y prescindiendo de aquéllas rec:armente traídas al juicio que podrían resultar decisivas para la determinación de la responsabilidad penal de los imputados.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La cuestión traída a conocimiento de V.E. en virtud de la presente queja interpuesta por Serafín Armando Cupito, guarda sustancial analogía con la invocada en la misma causa por el coprocesado Próspero V. Cónsoli, que ya ha sido considerada por el suscripto al dictaminar, en la fecha, en los autos

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1888 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-314/pagina-1888

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