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Año: 1993, Fallos: 316:1189 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MANUEL ALVAREZ v. ROMAN INGENIERIA S.A.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que hizo lugar a la indemnización por daño moral redamada por el actor si satisface sólo en forma aparente el requisito de adecuada fundamentación exigible a los fallos judiciales (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Apartamiento de constancias de la causa.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que hizo lugar a la indemnización por daño moral si el tribunal se ha apartado abiertamente de las constancias de la causa y ha omitido considerar extremos conducentes.


FLORENTINO BAEZ v. PROVINCIA pe. CHACO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos for males. Interposición del recurso. Quiénes pueden interponerlo.

Constituye un acto jurídico inexistente e insusceptible de convalidación posterior, el escrito de interposición del recurso extraordinario firmado únicamente por el letrado patrocinante de la parte que debía deducirlo.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de junio de 1993.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Florentino Baez en la causa Baez, Florentino c/ Provincia del Chaco", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario firmado únicamente por el letrado patrocinante de la parte que debía deducirlo, constituye un acto jurí1) 8 de junio. Fallos: 310:619 ; 311:119 ; 314:253 ; 315:804 .

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1189 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-316/pagina-1189

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