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Año: 1994, Fallos: 317:462 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD v. ABRAHAN ELIAS e HIJOS y/u OTROs — RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal, Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales.

Es admisible el recurso extraordinario si se sostiene que la sentencia de la cámara ha sido dictada en violación a las reglamentaciones sobre constitución de Jos tribunales de apelación, y las formalidades que deben revestir las senten CORTE SUPREMA.

La Corte Suprema debe adoptar las providencias conducentes e impedir o subsanar la violación de los reglamentos de las cámaras, especialmente en los casos en que ese quebrantamiento afecte la constitución legal misma de los tribuna les federales, indispensable para fallar en las causas.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

Importa un grave quebrantamiento de las normas reglamentarias que determinan el modo en que deben integrarse las Cámaras de Apelaciones, agraviando la defensa en juicio, si aparece supuestamente aceptada la excusación de uno de sus miembros, en el acto mismo de la sentencia, que es suscripta por quien habría concurrido a integrar el tribunal.

Mediando la excusación de un juez de la cámara, la aceptación de la cámara debe hacerse saber a las partes personalmente o por cédula, no pudiendo fallarse el pleito hasta tanto no esté consentida la integración del tribunal.

SENTENCIA: Principios generales.

——- El fallo de cámara es inexistente si no reúne las formalidades substanciales para ser considerado válido. Así ocurre en el caso en que el pronunciamiento .

contiene un solo voto individual, sin que los otros dos firmantes hayan expresado su adhesión a los términos de aquél. .

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:462 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-317/pagina-462

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