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Año: 2005, Fallos: 328:1451 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello, y lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal subrogante, se decide: Rechazar la demanda seguida por Transportes Atlántida S.A.C. contra la Provincia de Buenos Aires. Con costas art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Teniendo en cuenta la labor desarrollada en el principal y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°,incs. b, c, y d; 9°,37 y 38 de la ley 21.839, se regulan los honorarios de los doctores Carlos Alberto de Cucco y Gustavo Adolfo Blanco, en conjunto, por la dirección letrada y representación de la actora en la suma de trece mil pesos ($ 13.000) y los del doctor Alejandro J. Fernández Llanos en la de veintiún mil pesos ($ 21.000), por la dirección letrada y representación de la demandada.

Asimismo, considerando la tarea cumplida a fs. 200/227 por el perito contador Hernán Orlando, se regulan sus honorarios en la suma de ocho mil pesos ($ 8.000) (art. 3 del decreto-ley 16.638/57).

Notifíquese, remítase copia de esta decisión a la Procuración General y, oportunamente, archívese.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO César BELLuscio — ANTONIO
BoccIANO — JUAN CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — ELENA |.


HIGHTON DE NoLAsco — RICARDO Luis LORENZETTI.
Demanda originaria: Transportes Atlántida S.A.C., su letrado apoderado Dr. Carlos Alberto de Cucco y patrocinante Dr. Gustavo Adolfo Blanco.

Nombre de los demandados: Provincia de Buenos Aires, su letrado apoderado Dr.

Alejandro Fernández Llanos.


YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES S.A. v. PROVINCIA de TUCUMAN
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la CorteSuprema. Causas en que es parte una provincia. Causas que versan sobrecuestiones federales.

Corresponde ala competencia originaria de la Corte Suprema la acción declarativa en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra la Provincia de Tucumán, tendiente a que se declare que las que califica de cartas ofertas con cláusula de aceptación tácita y que acompaña con el escrito

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1451 
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