Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 2006, Fallos: 329:2684 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


ANTONIO BARILLARI S.A. v. PROVINCIA DE BUENOSAIRES
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la CorteSuprema. Causas en que es parte una provincia. Causas que versan sobre cuestiones federales.

Si el planteo exige dilucidar si el accionar proveniente delas autoridades locales interfiere el ámbito que le es propio a la Nación en materia de pesca, la causa se encuentra entre las especialmente regidas por la Constitución Nacional, a las quealudeel art. 2°, inc. 1°, de la ley 48, pues versa sobre la preservación de las órbitas de competencia entre los poderes del Gobierno federal y los de un estado provincial, lo que hace competente a la justicia nacional y, al ser parte una provincia, el proceso corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

MEDIDAS CAUTELARES.
Si bien, por vía de principio, las medidas cautelares no proceden respecto de actos administrativos o legislativos habida cuenta de la presunción de validez que ostentan, tal doctrina debe ceder cuando se los impugna sobre bases prima facie verosímiles.


MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA.
Corresponde decretar la medida cautelar innovativa y hacer saber ala Provincia de Buenos Aires que deberá abstenerse de exigir, con fundamento en la resolución 524/04 de la Subsecretaría de Pesca del Ministerio de Asuntos Agrarios, que la captura que realice la actora fuera de su jurisdicción marítima y para cuyo desembarco a tierra utilice puertos bonaerenses deba ser procesada en dicho territorio provincial.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

Antonio Barillari S.A., en su carácter de titular deun permiso nacional de pesca, promueve acción declarativa, en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, contra la Provincia de Buenos Aires, a fin de obtener que se declare la inconstitucionalidad de la resolución 524/04 de la Subsecretaría de Actividades Pesqueras dependiente del Ministerio de Asuntos Agrarios.

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2684 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-329/pagina-2684

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 2 en el número: 1314 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com