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Año: 2008, Fallos: 331:1530 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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331 Actis Caporale" (Fallos: 323:4216 ), al que cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario interpuesto, confirmar parcialmente la sentencia apelada con el alcance que surge de las causas "Etala" y "Barain", y ordenar al organismo previsional que reajuste la prestación más beneficiosa con la consideración de todos los trabajos prestados en la otra línea de servicios, sin aplicación del tope, en concordancia con lo resuelto en el precedente "Actis Caporale" citado. Notifíquese y devuélvase.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI —
CARMEN M. ARGIBAY.
JOSE ANGEL PATITO y Otro c/ DIARIO LA NACION y Otros RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de la Constitución Nacional.

Es formalmente admisible el recurso extraordinario en tanto la sentencia recurrida estimó inaplicable el principio de la real malicia, lo que habilita la intervención del Tribunal para examinar las razones por las cuales negó la protección constitucional a la parte demandada y decidir si la publicación por la que fue condenada merece o no la inmunidad que el art. 14 de la Constitución Nacional le reconoce a las opiniones críticas hacia el funcionamiento del gobierno.


LIBERTAD DE PRENSA.
En el caso se encuentra en discusión la aplicación del principio de "real malicia" vinculado con expresiones publicadas en la editorial del diario demandado referidas al funcionamiento de un organismo público -Cuerpo Médico Forense-, mediante un lenguaje que incluye opiniones críticas sobre ciertas circunstancias que fueron mencionadas asertivamente y que pone en conflicto el derecho ala libertad de expresión, información y prensa y el derecho a la honra y reputación.

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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:1530 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-331/pagina-1530

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