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Año: 1923, Fallos: 139:259 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 259 medio empleado para realizar la defraudación que es el delito principal, y atento, además, a los buenos antecedentes del reo y a lo dispuesto en los artículos 41 y 55 del Código Penal, corresponde imponerle la pena de dos años de prisión y el pago de las costas del juicio, con el beneficio de la condenación condicional (Código citado, artículo 26).

Por estos fundamentos se impone a Carlos Roberto Koch la pena de dos años de prisión y el pago de todas las costas del juicio, dejándose, sin embargo, en suspenso e! cumplimiento de la primera de dichas sanciones. Y encontrándose detenido el reo, a la orden de la Corte, póngasele inmediatamente en Jibertad. Notifíquese y archívese.


A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL
SoLar. — J. FIGUEROA ALCORTA. — RAMÓN -MéNpEz.

— Roserro RerErro.

Jefatura de Policis de Concordia (Provincia de Entre Ríos) consulta si debe pristar la cooperación que le solicita el Banco Hipotecario Nacional, para efectuar el desalojo en una fracción de 25 hectáreas afectadiss por cl Banco.

Sumario: 1.° Invocada por el recurrente ante la justicia la ley nacional número 8172 con las modificaciones introducidas por la número 10.676, procede el recurso extraordinario contra la decisión definitiva dentro de la jurisdicción local, denegatoria del derecho fundado en ellas, sin que sea un óbice contra ello, la circunstancia de que el fallo recurrido haya sido pronunciado en un juicio contencioso-administrativo.

2" Al organizar la sección hipotecaria del Banco Nacional, al establecer sucursales de esa institución en todas las provincias y al reglamentar las operaciones, derechos y T obligaciones del Banco por medio de leyes orgánicas, e!

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Año: 1923, CSJN Fallos: 139:259 
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