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Año: 1938, Fallos: 180:60 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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do así parte de Jas funciones del Estado, pero a nombre pro» pio, sin subordinación jerárquica a ningún otro órgano del gobierno en todo cuanto fuese necesario a los fines de su ereación y sea consecuencia de sus aetos, los que ejecuta bajo su exclusiva responsabilidad" (Rafael Bielsa, Derecho adminis.

trativo, 1, 1, págs. 241 y sigtes.), Esta doctrina de la Cámara, que fundamentó su decisión en el caso citado, fué motivada por un reeurso contenciosondministrativo articulado por el nombrado frigorífico en consecuencia de las previsiones de Jas leyes Nos. 11.226 y 11,747, referentes la primera al control del comercio de earnes, y la segunda a la ereación y funciones de la Junta Nacional de Carnes, cuya outarquía determina ésta con toda precisión, al devir (art. 19) que "funcionará como entidad autónoma".

20 En el presente enso trátase de una demanda ordinaria iniciada por la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados y Obreros Ferroviarios contra el Gobierno Naeiomal (fs. 3), tendiente a que la justicia federal lo condene a devolver a la demandante una cantidad de dinero percibida por la Dirección General de Correos y Telégrafos en concepto de franqueo a las piezas de correspondencia certificada que contienen votos de los afiliados para la elección de directores, invalidandose nsí los decretos del P. E. de 27 de marzo y abril 21 de 1936, que desestimaron las reclamaciones de la Caja (v. expediente administrativo agregado, letra D., NY 24.302, fs. 11 y 1).

3 Conviene, desde luego, señalar las diferencias que hay entre ambos esos, como acaba de hacerse, por cuanto la Caja demandante, en el memorial que presenta ante esta Cámara, sostiene sir tesis de la comptencia de la justicia federal para conoeer y decidir en el enso que plantea. No cabe duda, desde el punto de vista dostrinario y en presencia del régimen legal dado por el Congreso a la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones recurrente, que ella goza de ewtarquía institucio nal, Para comprobarlo basta examinar el articulado de la ley N? 10.650, que la ereó, Reúnense en ella los elementos que constituyen est antarquía, según los enuncia Rafael Bielsa Derecho administrativo y Cieneia de la administración, 2 edición, 1. 1. pág. 247:19 personalidad jurídica (de derecho público interno), en enya virtud se expresa la voluntad y se decide (actos administrativos) : 2? fin público y funciones priblicas Cactividad administrativa del Estado); 3? elemento Financiero patrimonial, que no es propinmente "el patrimonio" de la persona jurídica según el derecho privado, sino de afes

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:60 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-180/pagina-60

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