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Año: 1942, Fallos: 194:336 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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36 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA para objetos concernientes a la seguridad del país y a la observancia de la leyes fiscales, se extiende hasta la distancia de enatro leguas marinas medidas de la misma manera".

Que las cirennstancias a que alude la parte final del precepto legal no parecen conenrrir en el presente, por lo que la extensión de la jurisdicción a esos efectos, careeería de jnstifiención, Por ello se confirma la sentenein de fojas 49 en cuanto pudo ser materia de reenrso. Hágase saber y devuélvanse al tribanal de procedencia.

Roserro Reretto.


IVANICA MILISA DE BARA y. ANGEL
GARDELLA LTDA.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Materia ajena. Leyes comunes.

Civiles.

Las conelusiones de la sentencia apelada aceren de la incompatibilidad entre las disposiciones de la ley 9688 sobre necidentes del trabajo, y las del decreto reglamentario de la misma dietado por el Poder Ejeentivo de la Nación son irrevisibles por medio del 1eenrso extraordinario, por tratarse de normas de derecho común, RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Relación directa.

Es improcedente el reenrso extraordinario contra la senteneia que, por medio de la interpretación de las disposiciones de la ley 9688 sobre accidentes del trabajo, decide la enestión referente a la invalidez constitucional del art.

7, ine, 6? del decreto reglamentario de la dicha ley impugnado como contrario a la misma y al art. 56, ine, 29, de la Constitución Nacional ('), — 0) 90 de noviembre de 1942. Fallos: 136, 131; 184, 300; 186, 18.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:336 
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