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Año: 1944, Fallos: 198:193 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 193 y
MARCELO GUAITA v. DIRECCION GENERAL DEL

IMPUESTO A LOS REDITOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes fe- .

derales.

Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que, por interpretación del art, 1? de la ley 12.143, desestima el derecho fimdado por el reeurrente en esa disposición.


IMPUESTO A LAS VENTAS.
El art. 19 de la ley 12.143 sólo grava las ventas y lo hace de manera que el tributo recaiga sobre una sola de las etapas de que es objeto la negociación de cada mercadería.


IMPUESTO A LAS VENTAS.
El contrato de impresión en que el impresor suministra, además de su trabajo, el papel y la tinta, no se confunde con el contrato de edición y, aun cuando podría estar comprendido en el concepto de transacciones, no es un contrato de compraventa sino de locación de obra no incluído en el art. 1 de la ley 12.145.

IMPUESTO: Interpretación de normas impositivas, La interpretación de las leyes impositivas no puede extenderse más allá de su texto y su espíritu a fin de que su propósito se cumpla dentro de los principios de una razonable y disereta interpretación, y, en caso de duda, en favor del deudor, y
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de abril de 1944, " Y vistos: Los del recurso extraordinario concedido a la parte demandada en los autos Guaita Marcelo v. E Fisco Nacional (Dirección General del Tmpuesto a los Réditos) sobre demanda contenciosa, venidos de la Cá- i mara Federal de la Capital. 1 v Y 3

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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:193 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-198/pagina-193

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