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Año: 1944, Fallos: 198:323 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA A
Buenos Aires, 15 de mayo de 1944.

Autos y vistos: Por los fundamentos del precedente dictamen del Sr. Procurador General y por no existir similitud entre el presente caso y el resuelto por esta Corte en la sentencia de que instruye el t. 171, pág. 221, de la colección de sus fallos, devuélvanse estos autos al Sr. Juez Federal de La Plata núm. 2 para que pronuncie la sentencia pendiente en esta causa.

Ronerro RererrO. — ANTONIO SAGARNA, — Luis LIiNAres, — B. A. Nazar ANCHORENA. — F. Ramos Mesía.


SARA MENDEZ DE DELFINO — su SUCESION
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos provinciales.

Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que admite la validez de una ley provincial impugnada como violatoria del C. Civil y de la Constitución Nacional,

LEGISLACION COMUN.
Las presunciones legales constituyen un medio de prueba acerca del cual incumbe al gobierno nacional, en primer término, legislar mediante leyes comunes o administrativas a las que deben conformarse las normas de derecho público provincial.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Impuestos y contribuciones provinciales. Transmisión gratuita. ' El art. 6", inc. 6", ap. a) de la ley 4350 de la Prov. de A tenio y apvalo ee el meo de

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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:323 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-198/pagina-323

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