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Año: 1944, Fallos: 198:78 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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a " PALLOS DE LA CORTE SUPREMA Le FALLO DE LA CORTE SUPREMA + 3 Buenos Aires, 3 de marzo de 1944.

Autos y vistos: Por los fundamentos del precedenÉ te dictamen del Sr. Procurador General, se declara que Rs es competente para conocer en el incidente sobre reguE lación de honorarios correspondientes a un exhorto diy ligenciado en la ciudad de Mendoza, el Sr. Tuez de E Comercio de esta Capital que lo libró. Hágase saber E esta decisión al Sr. Juez de Mendoza en la forma de estilo.

Roserto REPETTO — ANTONIO SaGARNA — B. A. Nazar An

CHORENA.

PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO v. ENRIQUE
N. COMPAGNO
Es RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentercia de+ finitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Juicios de apremio y ejecutivo.

Es procedente el recurso extraordinario interpuesto en juicio de apremio por cobro de una multa que por su monto —$ 52.400 7— importa el desapoderamiento del ejecutado, contra la sentencia que ocasiona a éste grava men irreparable en cuanto ordena proseguir el juicio, desestimando las excenciones del demandado, entre ellas la de inconstitucionalidad, fundada en que el procedimiento seguido para aplicar la multa es violatorio de la defensa juicio.

o RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal suEn La circunstancia de que la resolución administrativa que yn impone multa por infracción a las leyes de trabajo sea E apelable por recurso extraordinario, no obsta a la proce

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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:78 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-198/pagina-78

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