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Año: 1945, Fallos: 202:130 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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102, 117, 231 y 235, y oído el Sr. Procurador General de la Nación, así se resuelve en cuanto pudo ser materia del recurso.

ANTONIO SAGARNA.

JULIO BUSTOS E HIJOS v. NACION ARGENTINA
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Decretos nacionales, Aduana.

El deereto n° 42, del 10 de marzo de 1933, en cuanto limita la exención de derechos establecida por el art. 3 de la ley 11.588 para las herramientas de hierro y acero para artesanos, sin ninguna excepción, a las que aquél°enumera, es contrario a dicho texto legal y violatorio del art. 86, ine. 2", de la Const. Nacional (').


S. A. LA MARTONA v. MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD

DE BUENOS AIRES
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

La circunstancia de que el gravamen aplicado a un con tribuyente —ceomo la tasa municipal por contraste de instrumentos de medida— no haya sido cobrado a otros que se dedican al mismo género de negocios que aquél, por haberse suspendido el cobro en razón de haberlo dispuesto así la antoridad ejecutiva, no importa violación del principio de la igualdad que autorice a exigir la devolución de lo pagado.

1) 25 de junio de 1945. Fallos: 190, 5; 193, 9.

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:130 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-202/pagina-130

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