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Año: 1945, Fallos: 202:185 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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declara inaplicable el gravamen legal a los aceites usados e inconstitucional el decreto que lo impone (1).

CONSTITUCION NACIONAL: Efectos de la declaración de in- 5 constitucionalidad.

Declarada inconstitucional una norma, las cuestiones planteadas en el juicio respectivo deben ser resueltas como si aquélla no existiera, devolviéndose las sumas pagadas por disposición de la misma y eximiéndose de las penalidades que impone, a lo que no obsta la infracción voluntaria de la reglamentación inválida (°).


S. A. LA QUIMICA BAYER v. LOWELL E. ALDERMAN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales, Procede el recurso extraordinario fundado en el art, 48 de la ley 3975 contra la sentencia que no se basa en la inexistencia de los hechos imputados a la querellada sino en que ellos no configuran el delito de usurpación de marca previsto en aquella norma, MARCAS DE FABRICA: Delitos.

El art. 48 de la ley 3975 sanciona no sólo la adjunción de marea ajena a efectos propios, sino también el simple uso que se haga de ella siempre que éste responda a un propósito de competencia desleal, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Marcas y patentes.

Las conclusiones de la sentencia apelada acerca de la cuestión referente a saber si ha existido por parte del querellado el propósito de competencia desleal requerido para penar el simple uso de una marca ajena, son irrevisibles por medio del recurso extraordinario.

— (1) 6 de julio de 1045, Fallos: 198, 169, °) Fallos: 178, 355:180 , 169; 186, 314; 199, 393; 195, 59.

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:185 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-202/pagina-185

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