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Año: 1946, Fallos: 205:475 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - 475 del país, desde que ni la existencia de actuaciones poli ciales con relación al mismo ni su intervención en un pro- ° L . ceso judicial sobre espionaje autorizarían a dar por cumplido aquel requisito indispensable para no violar el art. 18 de la Const. Nacional, procede hacer lugar al habeas corpus deducido en su favor (1).


S. A. MIQUEL Y COSTAS Y MIQUEL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales.

Procede el recurso extraordinario fundado en el art. 3, ines. 4 y 5 de la ley 3975 contra la sentencia que rechaza la pretensión del recurrente por interpretar en otro sen tido esas disposiciones.

MARCAS DE FABRICA: Designaciones y objeto.

La prohibición contenida en el art. 3, ines. 4? y 5", de la ley 3975 refiérese a las palabras que hagan relación con el nombre del objeto ola naturaleza del producto que se quiere distinguir o con la clase a que ellos pertenecen.

Debiendo, pues, a efecto del registro de una voz de nuestra lengua (°"Smoking"', en el caso de autos, cuya acepción es la de una conocida prenda de vestir) atenderse solamente a su significado en el idioma vernáculo, con prescindencia del que tenga en el foráneo del que se la tomó (el inglés, en el que también indica la acción de fumar), procede acordar el registro de las marcas "°Papel tabaco Smoking", "Papel maíz Smoking" y "Papel de fumar arroz Smoking" solicitado por el recurrente.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

De acuerdo con lo resuelto por V. E. con fecha 9 de marzo del año pasado en causa similar ""Eckers En1) 23 de agosto de 1946. Fallos: 208, 256; 204, 571 y 615; 205, 5.

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Año: 1946, CSJN Fallos: 205:475 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-205/pagina-475

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