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Año: 1948, Fallos: 209:177 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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°...que es necesario evitar el escándalo jurídico y la perturbación comercial que resultaría de otorgar cierta marca para poc productos y negarle la misma al mismo propietario para ros...".

Por todo lo expuesto; Resuelvo: Revocar la resolución de la Comisaría de Marcas y ordenar el registro de la marca Baronet"" en la forma solicitada según acta 214445. — Eduardo A, Ortiz Basualdo.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Bs. Aires, mayo 5 de 1947.

Considerando:

Que la Sociedad de Responsabilidad Limitada Barón de Río Negro, propietaria de la marea Baronet para distinguir artículos de la elase 23, ha solicitado el registro de la misma marca pa distinguir champagne, también de la clase 23, lo ue a pido aenegado por Ta Qtieins de Marta pOr cota erar que los arte. 5" de la ley 11.275 y 24 del decreto reglamontarlo de Secta 18 de nevieujue de 1008 0 crea dd:

por tratarse de una palal idioma que no puede registrarse como marca para distinguir productos elaborados en el país, siendo sus titulares residentes y originarios del Que si bien como lo establece el art. 5 de la ley 11.275 las marcas de fábrica, aun cuando sean nombres de fantasía no pueden llevar palabras sino en idiomas muertos o del idioma nacional, salvo que se trate de nombres de personas, la jurisprudencia se ha orientado en el sentido de considerar que "idioma nacional" no es exclusivamente el español académico sino el que se habla en nuestro país, con todos sus modiamos, alteraciones y palabras de otros idiomas que el uso Aide ietorperento a d (Brever Moreno, Tratado de Marcas, Que así lo ha declarado la Corte Su; expresando en el fallo" 198.06 que la disposición legal eitda al prohibir el uso de palabras que no sean del idioma nacional, no ha vedado el de todos Tee Tocalite que mo DE encuentren incluido mel Diccionario de la Real Reratcio, toda vtr que el idioma, llámase romance, castellano, español o pan ico, va enriqueciéndose constantemente, ya que, como dice Bello, el adelantamient la prodigios de todas las ciencias y las artes y la difusión de la cultura intelectual piden cada día más

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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:177 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-209/pagina-177

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