3 424 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA h Poco importa entoces —y huelga por consiguiente refeE rirse— a si tuvieron o no el destino legal, los accesorios e implementos precitados.
Por ello, se revoca la sentencia recurrida, rechazándose en consecuencia la demanda. Costas por su orden. — Alfonso | E. Poccard. — Carlos del Campillo. — Juan A. González Calderón, — Ricardo Villar Palacio. — Carlos Herrera.
| FALLO DE LA CORTE SUPREMA F : "Bs. Aires, 29 de marzo de 1948.
Y vista: La presente causa caratulada "Vignoli y | Cía. contra la Nación sobre devolución", en la que se É concedió el recurso ordinario de apelación a fs. 113 | vta.; y | Considerando:
Que la mercadería introducida al país por la firma y actora, de la que se pretende la devolución de los dere6 chos aduaneros por considerarla liberada de los misN mos, lo fué durante los años 1937 y 1938, según surge y de la planilla de fs. 1 y pericia contable de fs. 54 a 59; con la excepción de la partida registrada bajo el despn| cho de aduana n" 43.991, que importa $ 57,70 y corresE ponde a mercaderías llegadas en el vapor "Uruguay", durante el año 1936 y declarada como accesorios de me motores.
Que la devolución de derechos de lo ingresado con E posterioridad al 1? de enero de 1939, ha sido excluída expresamente por la actora.
| Que a la mercadería ingresada durante el transcurÉ
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:424
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