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Año: 1956, Fallos: 235:287 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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S. K. L. CONFECCIONES MAYO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas estraños al juicio. Disposiciones constitucionales.

Art. 19.

Ta gurantía constitucional de no ser obligado a hacer lo que no manda la ley, en materia regida por disposiciones de derecho común, como es la ley 11.719, no da Iugar al recurso extraordinario (1).


JOSE D. GONZALEZ v. S. A. BOLSALONA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa, Normas extraños al juicio. Disposiciones constitucionales.

Art. 19.

El art. 19 de la Constitución Nacional no sustenta el recurso entramittario contra las sentencias ei la esusa por aplicación de normas no federales. porque e pt motel mo interpretación de la ley a que dicho precepto se refiere incumbe, en prineipio, exclusivamente a los jueces de la causa (2).

JOSE MANNIELLO


RECURSO DE QUEJA. -
El tr o queja, instituido por los ae. 229 y es. de. requiere su procedencia la previa deineción y denegación del ino extraordinario (°), 1) 4 de julio. Falles: 207, 72; 233, 31.

2) +de que Fallos: 125, 292; 153, 351; 194, 220; 199, 214.

3) 4 de julio,

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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:287 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-235/pagina-287

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