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Año: 1956, Fallos: 236:173 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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LUIS PITTALUGA v. ELVIRA PITTALUGA DE
TENAGLIA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestimes no federales, interpretación de normas locales de procedimientos.

La cuestión referente a las facultades de decisión de los jueces a tenor de lo dispuesto en el art. 216 del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial, respeeto a los puntos accesorios del pleito, en el caso de enmplimiento de la obligación prineipal antes de la apertura a prueba de la causa, es de hecho y de derecho común y procesal, ajena al recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarías, La circunstancia de que el fallo apelado se funde en principios doctrinarios excluye la impugnación por arbi.

trariedad, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propias. Cuestiones uo federales. Interpretación de normas locales de procedimientos.

La aplicación e interpretación del arancel para abogudos y procuradores, así como la determinación del monto del juicio, a los fines de la regulación a practicarse, son enestiones extrañas a la jurisdieción extraordinaria de la Corte Suprema.

HONORARIOS. Regulación.

monto de la retribución de la labor profesional, no depende sólo de la magnitud del juicio, ni su validez constitucional se subordina al interés del litigante cuya actitud ha hecho necesarios los trabajos a que corresponden,
DICTAMEN DEL ProcuraDor GENERAL
Suprema Corte:

En el recurso extraordinario deducido a fs. 169 de los autos principales, el apelante afirma que la sentencia recurrida es arbitraria: a) porque al violar lo dis

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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:173 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-236/pagina-173

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