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Año: 1957, Fallos: 237:385 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1957 — ABRIL

MARIA DEL VALLE OCHOA y, FERNANDO OSER

CAVARAS NACIONALES DE APELACIONES,
Encontrándose de licencia el vocal de ma tribunal de apelación, la Sala que aquél integra pudo dictar sentencia em el voto concordante de los otros dos miembros que la vomponen, en los términos del art. 27 de a ley 13.998 (1),
CAVARAS NACIONALES DE APELACIONES,
La eiremmstancia de haberse hecho referencia en la parte dispositiva del fallo respecto a la inexistencia de desacuers do entre los vocales que la suscriben, no importa deseonocimiento del art, 109 del Reglamento para la Justicia Nacional. Ello ocurre aunque la constancia exigida por dicho texto sobre la ausencia o impedimento del tercer miembro sen posterior al prominciamiento que no resulta por tal enusa invalidado.


FRANCISCO PRANO y. FACUNDO LUIS JOSE
PIOYELLA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propias, Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actas comunes, La sentencia apelada que, en materia de procuraciones judiciales, reemvoes preferencia a las leyes procesales, en los términos del art. 1870, ine, 6) del Código Civil, es 1) e abril,

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:385 
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