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Año: 1962, Fallos: 254:224 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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a 2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
E PASCUAL GIGLIO v. S. A. BODEGAS y VISEDOS ARIZU
| RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones uo federales.

|: Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Lo atinente a la carga de la prueba es cuestión ajena al recurso extra ordinario (1).

5 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Erchusión de las enestiones de hechos, Varias, Lo restelto por los tribunales de la enusa respecto de la evistencia de una hmelza,


ALVARO JULIO CESAR GATTE y. DESTILERTAS BODEGAS y VISEDOS
EL GLOBO Loa.

HUELGA,
La falta de reglamentación lezal no impide la entificación de licitud o ilicitud de una huelga por las autoridades administrativas, para enenuzarla, y por los jueves, para decidir, con arreglo a derecho, los conflictos individuales a que aquélla, dé lugar

HUELGA,
La eslificación de la legalidad de una huelga es requisito para la decisión sobre la existencia de justa enusa de despido, respecto del personal que no acató la intimación de volver al trabajo, Sólo la práctica justa del derecho de huelza descalifica como arbitraria la ruptura patronal del contrato de trabajo.

NUELGA,
La calificación de licitud o ilicitud de una huelga requiere la consideración de las eirennstancias eoneretas del censo, tanto fáctiens como jurídicas. Ello es así, especialmente, cuando no ha mediado pronunciamiento de la antoridad administrativa, lo que remite el problema, interramente, a la decisión judicial.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federules.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Carece de fundamento suficiente para sustentarla, y debe ser dejada sin efecto, la resolución judicial atinente a la licitud de la huelga, fundada en una afirmación genérica, como es la referencia a que la medida pudo haber sido adoptada en presencia de eiremstaneias susceptibles de considerarse una pérdida de conquistas sociales".

1) 7ode noviembre, Fallos: 249:145 251:97 .

2) Causa: "Heredia, Antonio y otros v. Benegas Tinos, y Cin, Ltda", faliada el 15 vetubre de 1962 en pág. 48.

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Año: 1962, CSJN Fallos: 254:224 
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