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Año: 1883, Fallos: 26:105 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA CVII
D. Domingo Rojas contra D. Franessco Billa; sobre cumplimiento de un convenio.

Sumario.—1° Siendo claro el objeto de la demanda, debe resolverse sobre él, prescindiendo de las palabras que se han empleado en la reduccion del escrito.

2 El que ha convenido en transferir á otro el uso comun de la pa:.e que le corresponde en una acequia, sin condiciones, debe darle y asegurarle dicho uso, y pagarle los perjuicios causados por no haberlo hecho.

Caso.—D. Francisco Billa convino en dar ú D, Domingo Rojas, veinte cuadras de terreno, agregando: «A masla acequia que hoy tienen, quedará en socielad».

Rojas espusoque D. Alfredo Lanús, sócio de illa, le impedia el uso de la acequia que Él por sí y por Lanús hubia convenido en darle en sociedad, Entretanto la accion pro socio, ridió se condenúra ú Billa al cumplimiento del convenio, y á pagarle los daños y perjuicios, Te XVIL 8.

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Año: 1883, CSJN Fallos: 26:105 
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