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Año: 1964, Fallos: 260:7 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ANO 1964 — OCTUBRE Y NOVIEMBRE

JOSE ANTONIO GATIVA y. NACION ARGENTINA
RECURSO
Interpretació ENTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones 10 federales.

de normas locales de procedimientos. Casos rarios.

edidas para mejor proveer incumben al ejerjueves de la enusa, no sUSCEl ibles de sor extraordina poco es disentible la faaportadas, en la senobsta que no haya er a las las reglas de la sana erít tencia. , la pericia agregada, al tiempo de ser hecha es asielo partes (1).


A. J. SOÑOLO o ZOÑOLO
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Gene ralidades.

dos a la enusa para que planteada en eliu, €oal juez que ha prevenido en su conocimiento a olete la investigación y resuelva con arreglo a a de los arts. °H, 69 y 71 de Códiro de Pro
PROVINCIA mí SALTA yv. 5. A. INMOBILIARIA SAN MIGUEL
EXPROPIACIÓN: Procedi to. Procedimiento judicial.

Esi le el desi por parte del Estado después « a la transinisión do que, bajo el régimen de la ley 1 reía después de la sentencia final y de satisfecha la respectiva indemnización.

EXPROPIACIÓN: Procedimiento. Procedimiento judicial.

Con arreglo a lo dispuesto en las leyes 13.264 y 14.393, la transmisión del dominio se opera por declaració judicial una vez notificado el expropiado de la consignación practicada en la enusa. En consecuencia, es extem ento formulado por el Estado expropiador después de la sentencia in del 269; enusa Castilio HE. A., sente!

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Año: 1964, CSJN Fallos: 260:7 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-260/pagina-7

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