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Año: 1972, Fallos: 282:259 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cientemente fundado, resulta de aplicación al caso la doctrina sentada en Fallos: 234:657 en situación análoga.

Por ello, y lo concordamemente dictaminado por el Señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada en lo que pudo ser matería de recurso.

Envanno A. Onriz Basuaroo — Rosento E, Cuure — Luis Cantos Cannar.

JORGE MALAB NAZRALA RECURSO ORDINAMO DE APELACIÓN: Tercera tmtencia. Comas criminales.

Prorede el recuno ordinario de apelación ante la Cite Suprema en coma sobre entradición, sunque la seutencia apriada no cause agravio al Fiecal de Cámara recurrente. Tampoco ohsta ello que medie, como ocurre en el caso, el pedido de confirmación de lo remeño formulado por el Procurador General.

EXTRADICION: Extradición con países extranjeros.

Con arreglo a lo dispuesto por los arts, 2" de la Convención Panamericana de Estradición, sunripta en Montevideo em 1933, —ratificada por la República de Chile el 2 de julio de 1935 y por la República Argentina el 19 de abril de 1008, decreto-ley 1608/58- y 690 del Código de Procedimientos en lo Criminal, corvespuade confirmar la sentencia que deniega la extradición vespecto de quien, invocando mu condición de ciodadamo argentino, solicitó ser jmagado por los tribunales del país.

Sentencia zz Jurz NACIONAL EN LO Cms ar Y ConnsrCiovar FEnanar Buenos Aires, agusto 31 de 1971.

Autos y Vistos:

Para resolver en esta cama u° 38/71, sobre el pedido de extradición que las autoridades de la República de Chile hacen respecta de Jorge Malab Nazrala, de nacionalidad argentina, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión editor, identificado con M. E 7.109,00 - D. M. 55, actualmente alojado en el Institulo de Detención (U 2), de cuyas constancias, Resulta:

L — El representanto del Ministerio de Relaciones Exteriores con fecha 7 de enero de 1971 presenta en el Juzgado de Intración en lo Penal NI 3 el pedido de extradición cursado por la Embajada de Chile —6. 33- contra Malab Nazrala

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Año: 1972, CSJN Fallos: 282:259 
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