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Año: 1975, Fallos: 291:570 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de mayo de 1975.

Autos y Vistos:

De acuerdo con lo dictaminado por el Señor Procurador General, con lo resuelto por esta Corte en los casos que cita y al fallar, el 5 del corriente, la causa n? 132, "Velázquez, José c/ Consejo Nacional de Educación s/ incapacidad", se declara que la justicia nacional del tra bajo es la competente para conocer de este juicio. Remítanse los autos a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo a fin de que ressuma la competencia declinada a fs. 871/9872 y hágase saber al Sr. Juez Nacional en lo Contenciosoudministrativo.

Micuer. Ancer Bengarrz — Acustín Diaz BiALEr — MANUEL AmAUZ CAStex — EnNESTO A. ConvaLÁn Nanciares — Hécton

MASNATTA.

OSCAR LUCAS CONDORELLE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Conflictos entre jueces.

Corresponde que el juez en lo Penal de San Nicolás ponga al detenido en esa jurisdicción a disposición del Juez Nacional en lo Criminal de Instrucción, a efectos de cumplir con las diligencias ordenadas en la causa que éste le sigue y sin perjuicio de que sea restituido una vez satisfechos tales trámites.

Entre tanto, la sustanciación de la causa provincial debe ser suspendida, si fuese necesario (art. 41 Código Procedimientos Criminal).

DiCramMen DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte:

Estas actuaciones han sido elevadas a conocimiento de V.E. en razón de que el Juez en lo Peñal de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, que suscribe la resolución obrante a fs. 49, no hizo lugar al pedido que le hiciera reiteradamente (ver exhortos de fs. 30, 42, 44, 46 y 45) el Juez

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Año: 1975, CSJN Fallos: 291:570 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-291/pagina-570

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