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Año: 1982, Fallos: 304:289 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 289
MARCELO SEBASTIAN BARRIONUEVO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penoles. Casos tarios.

El delito de tenencia de arma de ¿querra concurre materialmente con el que pueda haberse cometido para apoderarse de ella, de modo que el juzgamiento de ambos debe hacerse por separado y por los tribunales que corresponda (1).

NN.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Principios generales.

No demostrada la nacionalidad extranjera no puede invocarse el fuero federal; además, como la justicia federal es un fuero de excepción y no se da en el case —menor sín datos identificatorios internado en un hospital local por una persona desconocida— causal específica que lo haga surgir, el conocimiento del hecho queda librado al derecho común en orden a la competencia, es decir, a la jurisdicción local (?), LILIANA MONICA CAPPI v. NILSA LUCILA LIS or CAPPI y OTROs RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación mormativa.

Si bien los agravios atínentes al rechazo de la demanda por nulidad de cesión de derechos y de escritura pública e indemnización por daños y perjuicios se refieren a cuestiones de hecho, prueba y derecho común y procesal, ajenas a la instancia extraordinaria, tal circunstancia no resulta óbice para habilitar la vía elegida cuando, como en el cuo, median razones de entidad suficiente que traducen un menoscabo al derecho de °) 9 de marzo. Fallos: 295:774 , 2) 9 de marzo. Fallos: 298:433 .

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:289 
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