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Año: 1983, Fallos: 305:678 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Esceso ritual manifiesto.

Si bien lo atinente a cuestiones de orden procesal local es, como principio insusceptible de revisión en la instancia extraordinaria, constituye una excepción el caso en que el a quo, 'uego de declarar que la vía incidental elegida era correcta, al considerar el fondo del asunto —y cuando ya estaba a la vista la fotocopia de poder especial, el ofrecimiento de testimonio y dictado e! auto teniendo por parte el apelante— considera que antes se halló impedido de intimar al compareciente la presentación de documento que acreditara su personería por no exigirselo así disposición legal alguna, solución que adolece de excesivo rigor formal (1).


LUIS CARLOS GARRO v. CARLOS HUGO BISET
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Medidas precautorias.

El pronunciamiento del a quo que confirmó la medida cautelar que dispuso la suspensión de todo acto relativo a las sustancias minera'es por parte del propietario del suelo, es una medida cautelar que no constituye sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario (2).


ANGEL MANUEL TAISMA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Se refieren a temas de hecho, prueba y derecho previsional los agravios contra la sentencia que estimó, sobre la base de las constancias de la causa, que el apelante no reunía los años de servicios necesarios para acceder a la jubilación que pretendía, en razón de que los prestados du1) Fallos: 288:55 ; 202:211 , 485; 302:176 , 873.

2) 24 de mayo. Fallos: 300:1096 , 1039; 301:947 .

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:678 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-305/pagina-678

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