Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1988, Fallos: 311:1188 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

: pues las representaciones diplomáticas no tienen el carácter de aforadas ante > ésta; debe descartarse su intervención, toda vez que no surge de lo aciuado que los hechos hayan afectado el desempeño de las actividades propias de una embajada o de sus funcionarios (1).

ENRIQUE GARCIA PEÑA .
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas peñales. Casos varios. . .

Corresponde a la justicia federal conocer del homicidio ocurrido por la colisión — entreuntren y un automóvil, si se produjo la electiva interrupción de la marcha — .

del tren con el consecuente entorpecimiento del tráfico ferroviario (2).

MIRTA SUSANA FIGUEROA y Ona .

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema. .

Es facultad dela Corte Suprema otorgar el conocimiento de las causas a los jueces realmente competentes para entender en ellas aunque no hubieran sido parteen la contienda (3).

7 ENRIQUE HERCE v. PROVINCIA ve BUENOS AIRES. INSTITUTO , De PREVISION SOCIAL RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpre " dación de hormas y actos comunes, .

Los agravios referentes a la prescripción de las diferencias del haber jubilatorio . devengadas más allá de dos años antes del reclamo administrativo, y a la fecha desde que corresponde computar la desvalorización monetaria y los intereses, remiten al examen de cuestiones de hecho y de derecho común propias de los jueces de la causa y ajenas —como regla y por su naturaleza— al recurso extraordinario, salvo los casos de arbitrariedad (4).

1) Fallos: 304:1495 ; 305:72 , 1148 y 1872. Causa: "Leubscher, Louisa", del 10 de abril de 1984.

La (2) 30 de junio. Fallos: 220:1443 ; 278:222 ; 290:282 y causas: "Quirós, Raúl", Juez federal de Paso de los Libres planica inhibitoria" y "Averiguación causas accidente ferroviario en Tres Arroyos (Ruta 228)", todas ellas del 20 de agosto de 1985. .

3) 30 de junio: Fallos: 301:728 . - . .

4) 30 dejunio. Fallos: 290:33 . Causa: "Jaroslavsky, Bernardo", del 26 defcbrero de 1985 y "Gaite, Héctor E. c/ Provincia de Buenos Aires", del 26 de diciembre de 1985. - - . .

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1188 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-1188

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 311 Volumen: 1 en el número: 1188 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com