mente se encuentran satisfechos los recaudos exigidos por este Tribunal, se admitirá el recurso deducido.
Por ello, se resuelve: Hacer lugar a la revocatoria interpuesta y dejar sin efecto lo decidido en fs. 32. Notifíquese.
EDuArDo MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYr — GuILLERMO A. F.
LórPez — AnoLro Rosero VÁzQuez.
HUMBERTO ROSARIO PELERITI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.
Si bien lo atinente a la apreciación típica de los hechos, a la interpretación de pruebas y normas de derecho común efectuadas por el tribunal que condenó a un anestesista por homicidio culposo es ajeno, como principio, a la instancia extraordinaria, ello no es óbice para que la Corte conozca en los casos cuyas particularidades dan lugar a la doctrina de la arbitrariedad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Principios generales.
Con la doctrina de la arbitrariedad se tiende a resguardar la garantía de la defensa en juicio y el debido proceso, exigiendo que las sentencias sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.
Esarbitraria la sentencia que sustentó la condena por homicidio culposo en una apreciación fragmentaria y aislada del material probatorio, y prescindió —sin fundamento suficiente- de las categóricas y decisivas conclusiones a que llegaron los expertos del Cuerpo Médico Forense, importando un menoscabo al adecuado servicio de justicia.
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:103
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