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Año: 1996, Fallos: 319:97 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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319 97
ROMUALDO JUAN MAHDJOUBIAN Y Otro v. ARTURO AQUINO y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Los agravios del apelante vinculados con el resarcimiento del daño por lucro cesante, pérdida de chance y gastos de asistencia médica y de farmacia, remiten al examen de cuestiones de hecho, prueba y der echo común, propias del tribunal dela causa y ajenas —como regla y por su naturaleza— al remedio del art. 14 de la ley 48, máxime cuando la decisión se sustenta en argumentos suficientes que, más allá de su acierto o error, bastan para excluir la tacha de arbitrariedad.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Corresponde hacer lugar a los agravios relacionados con la reparación de la incapacidad sobreviniente y del daño moral, si la alzada se apartó injustificadamente delas condusiones de los peritos médicos y efectuó un examen pericial dela prueba testifical einformativa, sin integrarla ni armonizarla debidamente en el conjunto, lo que la ha conducido a fijar sumas que desvirtúan el principio de la reparación integral y sólo satisfacen en apariencia la exigencia constitucional de la adecuada fundamentación.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Es descalificable el pronunciamiento que privó de eficacia al informe del perito psiquiatra y rechazó la existencia de un daño psíquico por entender que no se habían ponderado los antecedentes de disritmia cerebral que tenía el actor y que eran anteriores al accidente, ya que tal apreciación no se apoya en la opinión de un experto y resulta irrazonable si se advierte quetales antecedentes no le habían impedido el desarrollo de su carrera docente y profesional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.

Es descalificable el pronunciamiento en cuanto tuvo en cuenta, al establecer el monto de la indemnización por la incapacidad sobreviniente de un accidente de tránsito, una dedaración hecha en el marco de una internación psiquiátrica y proveniente de un paciente que -según el médico neurólogo padece de problemas de ubicación temporo espacial.

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:97 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-319/pagina-97

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