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Año: 1998, Fallos: 321:2926 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ley 23.982 y sus decretos reglamentarios. Costas en el orden causado en razón de la naturaleza y complejidad de la cuestión debatida. Notifíquese y devuélvase.

JuLi1o S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bossert — ADoLFo

ROBERTO VÁZQUEZ.

RAFAEL MANUEL SANCHEZ y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales en general.

Procede el recurso extraordinario por hallarse en tela de juicio la inteligencia que corresponde asignar a las normas federales —arts. 876 y 1026 del Código Aduanero y ley 23.993- y haber sido lo resuelto contrario al derecho que la recurrente fundó en ellas.

ADUANA: Infracciones. Contrabando.

Si los automotores fueron incautados por la Policía Federal con motivo de una denuncia anónima, y en un procedimiento dispuesto por el juez federal en dos garages de la ciudad de Córdoba, la cuestión está fuera de las zonas y circunstancias previstas en la ley 23.993.

ADUANA: Infracciones. Contrabando.

En materia de contrabando la sanción judicial a aplicar es independiente de la decisión del órgano administrativo.

ADUANA: Principios generales.

El otorgamiento de funciones jurisdiccionales a la autoridad aduanera depende de la ley.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que confirmó el pronunciamiento que ordenó el comiso y posterior subasta de los vehículos secuestrados y el

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2926 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-321/pagina-2926

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