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Año: 1891, Fallos: 46:31 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Que tanto el opositor como +] expropiante apoyan sus respee= tivas pretensiones en el artículo 56 de la lev de 18 de Sotiem= bre de 1872, sobre reglamentación de los Ferrocarriles nacio nales, lo que demuestra que ambas están conformos y aceptan esa y demás disposiciones contenidas enel título VII de la misma ley; eircuostancia que excluye toda controversia sobre el particular y punto principal del debate, Que la ocupacion verificada en el terreno del Gran Oeste Ar= gentino, encarna la calidad de provisoria, y ello noimporta aun su transferencia en favor del Nord- Oeste, la cual sólo tendrá lugar despues de ejecutada la entrega ó consignación del pres rio y de la indemnización rorrespondiente, pudiendo incluir= se entóncos en esta.el monto de los perjuicios que se alegan en el escrito de oposicion tartículo 16, ley sobre expropiación).

Que por otra parte, segun se desprende de la solicitud de foja 15 6 informo de foja 20 vuelta, del Ingeniero Nacional de esta Seccion, los interesados han ocurrido al Poder Ejeeutivo buscando allí solucion á sus diferencias y á cuya resolución administrativa se habían 7/80-farto sometido.

Por estas consideraciones y las con ordantes aducidas por el demandante, no ha jugar ú lo solicitado por La parte demanda= da, Y en cóanto á los recursos de apelación y nulidad subsidiariamente interpuestos por ésta, sun cuando la ley de expropiacion, que rige el caso, no los ha previsto, teniéndose en cuenta, sin embargo, la disposicion del artículo 7" de la misma y el perjuicio irreparable que se invoca, así como la indole peeuliar del juicio de expropiación, concódese en relación. y en el efecto devolutivo, con emplazamiento de veinte días para la compulsa y remisión á que se refiere el artículo 212 de la ley de Procedimientos, Hágase saber y repónganse los sellos, Po. Mguez.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:31 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-46/pagina-31

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