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Año: 1891, Fallos: 46:34 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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para contestarla á don Salvador Curzio, representante general de la sociedad en el lugar de la demanda, Este opuso las excepciones de defecto legal en la demanda por no haber enunciado su domicilio, y de falta de personería por ho ser él sinó don Antonio Diaz Armesto el apoderado de la sociedad en ese punto para los asuntos judic'ales, Falle del Juez Letrado Resistencia, Mayo 1" de 1891.

Y visto : el juicio instaurado por don Eduardo Meruni y don Santiago Colle contra la sociedad anónima la e Colonizadora Popular », por cobro de pesos; para resolver las excepciones diluto— rias opuestas por el citado, como representante de la sociedad, don Salvador Curzio.

Este opone su falta de personalidad por no tener poder de la Colonizadora para representarla ; y defecto legal en el modo de proponer la demanda por no haber enunciado su domicilio.

Esta última excepcion reposa sobre un error, pues á foja 4 está designado; Y en cuanto á la falta de personalidad es tambien falsa, pues á foja 27 vuelta consta: Que la. sociedad le ha ctorgado poder en forma para que pague las cantidades que la sociedad deba en esta localidad.

En su consecuencia: desecho, con costas, las excepciones opuestas, y mando qué en el término de nueve días, conteste directamente la demanda, por sí ópor medio dela persona que la sociedad designe. Repóngase el papel.

Alfredo Parodió.

Ante mí:

José R. Navarro.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:34 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-46/pagina-34

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