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Año: 1894, Fallos: 55:293 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA NACIONAL 293 albañil que tenía en casa de Don Bautista, vecino de Campaña; d) que Briático vo trene purte en estos hechos, de los que es únien resprsable el declarante ( sase foja 26 vuelta ): e ) que celebrado un eareo en la misma fecha entre Briático y Famulari, este sosturo la completa mocensia de Priitieo, declarándose El erctusivamento culpable 4 véase foja 29 vuelta j.

107 Que á consecuencia de estas manifestaciones, a solicitud tiseal, fué puesto en libertad el dicho Domingo Briático con fe- :

cha 15 de Enero de 1891 ( véase foja 32), 117 Que nombrados lus doetores Revilla y Golfarini para informar, sobre las facultades mentales de Famulari, se expidieron enn feeha 30 de Marzo de 1891 (véase foja 50), estables ciendo: 1 que se encuentra perfectamente equilibrado en sus faenitados mentales y psíquicas; y 27 que es consciente y responsablede sus actos. — Manifestaron al propio tiempo que en las diversas conferencias que habían celebrado con el procesado, éste les dijo: que una fatal calamibad lo habia reunido con Rriútico y los Salvia debajo de los muelles de Campaña en la tarde € ya entrada la noche y del S de Diciembre de 18590, 0euprimbose los Salvia de recoger pedazos y trozos de madera que sobrenadaban en el reo- que sin causa que Él pueda recordar ó Ñ precisar, tuvo lugar un cambio de palabras entre lHriático y Salvia, resultando que el primero, tomando una a-tilla de tierro fe diera tres tremendos qolpes que dieron por resultado la | muerte mstantanea de Salria y que, queriendo intervenir la anciana en defensa de su esposo, habia silo arrojada por liciúticoal rio. r 12" Que entinuando los doctores dichos en su informe y refi- y riendo la exposicion de Famulari, dieen: que el leclarante amenazado de muerte por lríútico había silenciado el hecho, no sabiendo decir ruándo concino con Briático en declararse él el sólo ! responsable del homicidio de los esposos Salvia mediante la su- y ma de trescientos pesos oro, euidindole «nu - familia y nombrarle l | i ú i

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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:293 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-55/pagina-293

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